¿Cuándo hay cláusula suelo?

¿Cuándo hay cláusula suelo?

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Hoy, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha declarado que la decisión de la Sentencia del Tribunal Supremo español celebrada el 9 de mayo de 2013 era limitada, y que las condiciones y, de hecho, el uso de la sentencia eran injustos.

La sentencia no sólo ofrecía una protección incompleta e insuficiente a los consumidores, sino que también limitaba la cantidad que los clientes podían reclamar al intentar recuperar el dinero pagado, en relación con las hipotecas pagadas de más. Básicamente, eso significaba que los afectados por la cláusula suelo sólo podían reclamar el dinero pagado de más a partir del 9 de mayo de 2013, independientemente de que hubieran pagado más antes de esa fecha.

Esta nueva sentencia supone un giro total y significará que los bancos tendrán que devolver ahora (hasta el último euro) todo el dinero pagado por los clientes desde la fecha en que se produjo el pago en exceso, y no desde el 9 de mayo de 2013.

Representa una clara victoria de los clientes y consumidores frente a los bancos. Según el informe del Banco de España, los bancos tendrán que devolver cerca de 7.500 millones de euros a todos los clientes que se han visto afectados.

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Si usted firmó un préstamo hipotecario a tipo variable entre 2004 y 2012 con BBVA, Banco Popular, Caja Murcia, BMN, Bankia, Caixa Bank, Caja Mar, Kutxabank o Banco Sabadell, sus posibilidades de ser uno de los afectados por una Cláusula Suelo son bastante altas.

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Nuestro equipo de abogados especializados dirigirá una reclamación al banco en su nombre para intentar eliminar la Cláusula Suelo prevista en su préstamo hipotecario y también recuperar los intereses que haya pagado indebidamente desde la concesión del préstamo.

No busque la frase “Cláusula Suelo” porque los bancos suelen referirse a ella bajo otros términos como “tipo de interés mínimo”, “tipo de interés variable”, “límites a la variación”, “variabilidad del tipo de interés” o utilizan frases como “el tipo de interés pactado no podrá ser superior al X% ni inferior al X%”, “limitaciones a la bajada del tipo de interés”, etc.

¿Hasta cuándo puedo reclamar la Cláusula Suelo y los Gastos de la Hipoteca? Dado que se trata de lo que se conoce como cláusulas abusivas y, por tanto, nulas de pleno derecho, no existe prescripción o caducidad para el ejercicio de las correspondientes acciones.

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Un suelo hipotecario es una cláusula que regula el tipo de interés mínimo de una hipoteca a tipo variable. Estas cláusulas se activan cuando el índice de referencia (Euribor) más el diferencial está por debajo de un valor determinado.

Las hipotecas a tipo variable solían tener una cláusula suelo, que era, en general, siempre del 3%. Sin embargo, cuando el Euribor empezó a bajar como consecuencia de la crisis económica, muchas personas con hipotecas se vieron afectadas por estos tipos de interés mínimos, ya que tuvieron que pagar más de lo que habrían tenido que pagar si no existiera ese límite.

Debido a la falta de transparencia de algunas entidades financieras, en mayo de 2013, el Tribunal Supremo de España declaró totalmente nulas dichas cláusulas, debido a los elevados tipos de interés mínimos de las escrituras hipotecarias. Unos meses después, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictaminó que todos los afectados podían recuperar lo que habían pagado de más desde que se empezaron a aplicar estas cláusulas en las hipotecas a tipo variable.

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A partir de ahora se puede reclamar la devolución de la totalidad del importe adeudado desde el inicio del préstamo. El Tribunal de la UE ha creado la oportunidad de que todos los consumidores afectados recuperen las cantidades pagadas de más por una cláusula abusiva impuesta durante las dos últimas décadas en España. Para ello se iniciará un procedimiento judicial con un abogado especializado en derecho bancario y financiero para solicitar al tribunal que declare la nulidad de la cláusula hipotecaria y condene a la entidad a devolver todo lo pagado de más por la aplicación de dicha cláusula de acuerdo con esta nueva sentencia, además de solicitar el pago de las costas procesales por parte de la entidad financiera al demandante.

Los abogados de PELLICER & HEREDIA son especialistas en Derecho Bancario y Financiero. Han puesto en marcha una campaña de “CLÁUSULA HIPOTECARIA DE RETROACTIVIDAD TOTAL” donde todos aquellos consumidores afectados pueden inscribirse y obtener información para iniciar el procedimiento de reclamación de todo el dinero pagado a los bancos durante la vida del préstamo, sin límites de tiempo. Una vez inscritos, realizaremos de forma gratuita un estudio, análisis y viabilidad del caso, donde se podrán ver las cantidades totales recuperables. También comprobaremos otras cláusulas abusivas (gastos de formalización de la hipoteca) que pueda tener su hipoteca y los trámites a realizar para recuperar las cantidades pagadas de más a la hora de firmar la escritura de la hipoteca.

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