¿Quién proclamo la bula Inter caetera?

Inter caetera y tratado de tordesillas

Los Pueblos Indígenas creen que han tenido el título de sus tierras o territorios tradicionales desde el momento en que sus Creadores los colocaron en esa tierra (tiempo inmemorial) y les otorgaron la responsabilidad de cuidarla………para siempre. Pero entonces llegaron los exploradores europeos, plantaron banderas y reclamaron todo lo que vieron. ¿Cómo fue posible?

La Doctrina del Descubrimiento fue el marco que utilizaron España, Portugal e Inglaterra para la colonización de muchas tierras, incluida América del Norte. Este extracto de las Cartas Patentes (3 de febrero de 1496) emitidas por el rey Enrique VII al explorador Juan Cabot y sus hijos para el descubrimiento de tierras nuevas y desconocidas, muestra la intención de asumir la propiedad de las tierras “descubiertas”.

La Doctrina del Descubrimiento era la ley internacional que daba licencia a los exploradores para reclamar tierras vacantes (terra nullius) en nombre de su soberano. La tierra vacante era aquella que no estaba poblada por cristianos. Si las tierras no estaban ocupadas por cristianos eran vacantes, por lo que podían definirse como “descubiertas” y reclamar la soberanía, el dominio, el título y la jurisdicción.

Qué es inter caetera

El Tratado de Tordesillas se celebró el 7 de junio de 1494 para resolver el contencioso de la posesión de las tierras recién descubiertas del mundo no cristiano entre Portugal y España. Fue ratificado por España el 2 de julio de 1494 y por Portugal el 5 de septiembre de 1494.

El precedente judicial del tratado fue la Bula Inter Caetera, emitida el 4 de mayo de 1493 por el Papa español Alejandro VI. La Bula Inter Caetera fijó la línea de demarcación a lo largo de un círculo que pasaba a 100 leguas al O de las islas de Cabo Verde y a través de los dos polos. Esta división otorgó todo el Nuevo Mundo a España y África y la India a Portugal. El margen de maniobra otorgado a Portugal por la bula papal era pequeño.

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[Aquí siguen los plenos poderes concedidos por Fernando e Isabel a don Enrique Enriques, don Gutierre de Cárdenas y el doctor Rodrigo Maldonado el 5 de junio de 1494; y los plenos poderes concedidos por Juan II a Ruy de Sousa, Joao de Sousa y Ayres Almada el 8 de marzo de 1494].

“En consecuencia, fue declarado por los citados representantes de los citados Reyes de Castilla, León, Aragón, Sicilia, Granada, etc., y del citado Rey de Portugal y de los Algares, etc.:

Inter caetera pdf

Los pueblos indígenas creen que tienen el título de sus tierras o territorios tradicionales desde el momento en que sus Creadores los colocaron en esa tierra (tiempo inmemorial) y les otorgaron la responsabilidad de cuidarla………para siempre. Pero entonces llegaron los exploradores europeos, plantaron banderas y reclamaron todo lo que vieron. ¿Cómo fue posible?

La Doctrina del Descubrimiento fue el marco que utilizaron España, Portugal e Inglaterra para la colonización de muchas tierras, incluida América del Norte. Este extracto de las Cartas Patentes (3 de febrero de 1496) emitidas por el rey Enrique VII al explorador Juan Cabot y sus hijos para el descubrimiento de tierras nuevas y desconocidas, muestra la intención de asumir la propiedad de las tierras “descubiertas”.

La Doctrina del Descubrimiento era la ley internacional que daba licencia a los exploradores para reclamar tierras vacantes (terra nullius) en nombre de su soberano. La tierra vacante era aquella que no estaba poblada por cristianos. Si las tierras no estaban ocupadas por cristianos eran vacantes, por lo que podían definirse como “descubiertas” y reclamar la soberanía, el dominio, el título y la jurisdicción.

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Texto inter caetera

En 1493, posiblemente basándose en los informes sobre la crueldad infligida a los taínos por Colón y su tripulación durante su primer viaje a la zona, la Iglesia católica romana intervino en los planes de conquista de las Américas emitiendo una “bula” o edicto destinado a impedir la esclavización y la matanza de los amerindios. Con su emisión, la Iglesia reconocía la capacidad de muchos de sus miembros para cometer actos de barbarie. En la bula, el Papa Alejandro VI afirmaba que la Iglesia aprobaba la conquista si estaba destinada a someter a los pueblos de América a la cristiandad. Sin embargo, el propio ejemplo de la Iglesia de infligir castigos crueles establecía amplios límites y, como atestigua el destino de los taínos, la Bula no tuvo el efecto deseado.

El viejo dicho, “Si a la primera no tienes éxito, inténtalo de nuevo”, se aplica a los futuros esfuerzos de la Iglesia. En 1537, reconociendo que el comercio de esclavos y las matanzas estaban fuera de control, el Papa Pablo III emitió una bula titulada “Sublimus Deus”, que declaraba que los amerindios eran “verdaderos hombres capaces de entender la fe católica” y no debían ser destruidos como opositores al cristianismo ni esclavizados como supuestos inferiores y “brutos mudos creados para nuestro servicio”. Aunque los horrores no cesaron, por alguna razón la Iglesia romana esperó otros 102 años antes de reafirmar su postura en 1639.

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